Sociedad Médica Clínica Maicao S.A
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Para la IPS SOCIEDAD MÉDICA CLÍNICA MAICAO la atención para los pacientes es de vital importancia, por ende tienen derechos y deberes que en todo momento son respetados.
Derechos del paciente
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La Institución que le preste los servicios de salud le debe informar acerca de sus deberes y derechos.
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Ser informado acerca del mecanismo para acceder a un servicio de manera oportuna.
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Recibir un trato humano y se le brinde servicios con calidad.
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Escoger libremente la EPS. o EPS – S. a la cual quiere estar afiliado con su familiar
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Escoger libremente una IPS y los profesionales de la salud que desea que le presten sus servicios, según las capacidades de la IPS.
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Conocer los funcionarios que participan en la prestación de los servicios.
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Las instalaciones físicas en las que se le brinde la atención sean cómodas, limpias y organizadas.
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Aseguramiento de sus pertenencias mientras se esté en el proceso de atención.
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Garantizarle la confidencialidad, privacidad y dignidad en todo momento.
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Participar en la organización y control de la IPS. A través de la Asociación de Usuarios. Todo nuevo usuario tiene derecho a vincularse a la Asociación.
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Ser capacitado sobre el SGSSS.
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Recibir por parte del grupo interdisciplinario de la institución, la información pertinente a cerca de su patología.
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Ser atendido sin demora, en caso de urgencia vital
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Ser informado acerca de los riesgos y beneficios de los procedimientos relacionados con la atención.
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Recibir información acerca de los tratamientos farmacológicos ordenados.
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Obtener la información pertinente sobre el proceso de recuperación ambulatoria al egresar de la institución.
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Tomar decidir libremente acerca de la realización o no de procedimientos, dejando constancia escrita de ello en la historia clínica.
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Recibir o rehusar apoyo emocional o espiritual, de acuerdo a sus creencias, y respetando las mismas.
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Manifestar sus reclamos, sugerencias o felicitaciones de cualquier servicio, y obtener respuesta, conforme a los términos del derecho de petición consagrados en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia.
Deberes del paciente
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Procurar el cuidado integral de su salud y la de su familia.
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Afiliarse con su familia al SGSSS.
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No presentar múltiple afiliación en el SGSSS.
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Suministrar información veraz, clara y completa sobre su estado de salud y el ingreso base de cotización.
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No hacer fraude ni suplantación, utilizando documentación de otro usuario, con el fin de recibir servicios.
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Notificar a la IPS, SISBEN, DLS u oficina de atención de la EPS-S o EPS., los eventos como: nacimientos, vinculación al régimen contributivo, cambio de residencia, defunciones, desvinculación laboral etc.
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Informar sobre inquietudes en la prestación de los servicios utilizando los mecanismos y el conducto regular que ofrece la IPS.
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Respetar las políticas de organización de la Empresa, en aspectos como: horario de visitas, autorizaciones y documentación
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Pagar copagos o cuotas de ser necesario, por la prestación de un servicio.
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Cuidar y hacer uso racional de los recursos, instalaciones dotación de la IPS. Y sus servicios.
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Tratar con dignidad al personal que lo atiende.
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Asistir a los programas de promoción y prevención que ofrece la IPS.
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Presentar a sugerencias y felicitaciones para mejorar la prestación de los servicios.